El Consejo de Ministros ha dado su visto bueno al proyecto
de ley que modifica la Ley de promoción de la Autonomía Personal y Atención a
las Personas en Situación de Dependencia y, en paralelo, también a la reforma
de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su
Inclusión Social. Con esta aprobación del proyecto, se pone en marcha la
tramitación parlamentaria del texto.
Principales modificaciones
Entre los principales cambios, se introduce el
reconocimiento automático del 33% de discapacidad para quienes obtengan el
grado I de Dependencia. Además, se incorpora que las personas con un grado II o
III podrán ser reconocidas con un 65% de discapacidad.
Otra incorporación destacada es la obligación de garantizar
la accesibilidad en el patrimonio histórico y cultural. Las administraciones
deberán aplicar medidas tanto físicas como cognitivas, incluyendo lectura
fácil, pictogramas y tecnologías de apoyo.
Se elimina el régimen de incompatibilidades de las
prestaciones de dependencia y se suprime el plazo suspensivo de hasta dos años
en las ayudas económicas para cuidados en el entorno familiar.
El nuevo marco extiende el servicio de ayuda a domicilio más
allá de las tareas del hogar, permitiendo que las personas cuidadoras acompañen
a los usuarios en actividades como acudir al médico o hacer la compra.
Asimismo, se amplía la prestación económica para cuidados en
el entorno familiar, reconociendo oficialmente a personas allegadas como
cuidadores, una medida pensada especialmente para quienes viven solos o con
otros convivientes.
La teleasistencia se convierte en un derecho universal para
todas las personas en situación de dependencia. El texto eleva su estatus
legal, aclarando que no puede considerarse como prestación única, sino que debe
complementarse con otros apoyos. También se permitirá su acceso a residentes en
centros de mayores.
El catálogo de servicios se amplía con propuestas como
cuidados en viviendas compartidas, préstamo de productos de apoyo (sillas de
ruedas eléctricas, camas articuladas, andadores, asistentes de voz), y
servicios de asistencia personal.
La reforma también consagra nuevos derechos: las personas usuarias podrán elegir las prestaciones que reciben, decidir su entorno de residencia y tendrán derecho a recibir una atención libre de sujeciones físicas, mecánicas o farmacológicas. Además, se garantiza atención sanitaria a todas las personas dependientes, sin importar si viven en una residencia o en su hogar.
Otra innovación es que las personas con grado II o III podrán recibir una prestación o servicio transitorio que responda a sus deseos y situación mientras esperan por el recurso que les corresponde. Por ejemplo, si solicitan plaza en una residencia sin disponibilidad inmediata, podrán contar con ayuda domiciliaria adaptada a su grado.
También se flexibiliza la compatibilidad entre servicios y el acceso al empleo, y se da mayor protagonismo a los centros de día, definidos ahora como "un servicio de proximidad fundamental para la permanencia de las personas en su domicilio". Esto permitirá que estos centros ofrezcan apoyo en los hogares o espacios comunitarios a quienes vivan cerca.
En caso de fallecimiento de la persona en situación de dependencia, la prestación económica para cuidados en el entorno familiar se extenderá hasta el último día del mes del deceso como "un gesto de reconocimiento y respeto hacia quienes cuidan".
La ley también hace hincapié en la necesidad de contar con trabajadoras con condiciones laborales dignas y estables. Según el Ministerio, el sistema requerirá al menos 260.000 profesionales más para 2030 para garantizar su viabilidad.
Además, se agiliza la revisión del Programa Individual de Atención (PIA) con procesos menos burocráticos, e introduce un procedimiento de urgencia para los casos de especial vulnerabilidad. También se establece que el tiempo de espera será el segundo criterio de prioridad tras la capacidad económica.
En el ámbito de la discapacidad, el texto desarrolla el nuevo artículo 49 de la Constitución Española, reconociendo la accesibilidad universal como un derecho exigible en cualquier instancia. Se prevé la creación de un Programa Estatal que financiará actuaciones necesarias como instalación de rampas o códigos QR para audiodescripción.
Respecto al sector privado, se propone una reforma de la Ley de Propiedad Horizontal que obligará a las administraciones a facilitar ayudas para obras de accesibilidad en edificios. Se baja del 75% al 70% la financiación mínima exigida para las comunidades de vecinos.
En cuanto a los servicios públicos, se asegura que las Juntas Arbitrales de Consumo garanticen procedimientos accesibles para todos.
Finalmente, la normativa establece que cualquier tecnología utilizada en el sistema —desde la teleasistencia hasta sensores o inteligencia artificial— deberá respetar la autonomía de las personas. Quedan expresamente prohibidas las prácticas coercitivas o involuntarias no justificadas, como internamientos por razón de discapacidad, y se refuerzan las garantías legales ante estas situaciones.
Según el ministerio de Derechos Sociales, con este proyecto
de reforma se pretende sentar las bases para que las comunidades autónomas
coordinen sus servicios sociales y sanitarios, logrando así una atención
integral y evitando situaciones como las que se vivieron durante la pandemia en
algunos centros residenciales, pasando de centrar la atención en la gestión de
las plazas de un sistema residencial, a atender las necesidades, los deseos y
las preferencias de las personas.
Fuente: Noticias Jurídicas




